Se dispone la sustitución del Anexo de la Resolución de Superintendencia Nº036-98/SUNAT “Declaración Jurada del Impuesto a la Renta de 5ta Categoría No Retenido o Retenido en Exceso”, para que contribuyentes de rentas de Quinta Categoría efectúen el pago del impuesto no tenido o soliciten devolución del exceso.
El nuevo formato “Declaración Jurada del Impuesto a la Renta 5ta. Categoría No Retenido o Retenido en Exceso” estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual y deberá ser usado a partir del día 10 de Febrero 2016. La SUNAT, a través de sus dependencias, también facilitará la obtención del referido formato... Leer Más.
VIGENCIA: 10-02-2016.